Sistema Gestión CONVENIO CNOO CAM SERMAS

SISTEMA DE GESTIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD Y EL COLEGIO NACIONAL DE ÓPTICOS-OPTOMETRISTAS PARA LA ASISTENCIA SANITARIA EN MATERIA DE SALUD VISUAL A LA POBLACIÓN MENOR DE 14 AÑOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID

Como Funciona


Un sistema centralizado único de gestión
1
Solicitud de Adhesión de los establecimientos al Convenio.
Los Ópticos-Optometristas y los titulares de establecimientos de Óptica, debidamente autorizados por la Consejería de Sanidad, deberán presentar la solicitud de Adhesión al Convenio conforme a las bases establecidas en este.
Para ello, será necesario, en primer lugar, registrarse en el sistema de gestión utilizando un NIF/DNI/NIE y una dirección de correo electrónico.
Una vez obtenidas las credenciales de acceso, podrá solicitar la adhesión de múltiples establecimientos asociados a dicho NIF/DNI/NIE.
Será necesario proporcionar, en los plazos establecidos y de manera individual para cada establecimiento, la documentación acreditativa correspondiente, así como la de los profesionales sanitarios Ópticos-Optometristas que prestan el servicio en los mismos.
2
Comprobación y aprobación por parte del Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas, CNOO.
Una vez recibidas las solicitudes de adhesión, el CNOO realizará las comprobaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el convenio, tanto para los establecimientos como para los profesionales asociados a cada uno de ellos, y contrastará con la Consejería de Sanidad de Madrid, que cada uno de los establecimientos solicitantes dispone de autorización sanitaria vigente de funcionamiento y acredita la presencia inexcusable, de forma permanente y continuada, de cuantos Ópticos Optometristas, sean precisos en el establecimiento, de acuerdo con su horario de funcionamiento y volumen de actividad.
Una vez verificado el cumplimiento de todos los anteriores extremos, el CNOO tramitará la adhesión del establecimiento, incorporándolo al listado de colaboradores autorizados, del que se dará traslado a la Comisión de Seguimiento del Convenio según el procedimiento establecido en el mismo y, posteriormente, proporcionará unas claves de establecimiento para empezar a realizar la gestión de los expedientes de los menores atendidos.
En caso de que el establecimiento no cumpla con dichos requisitos, el CNOO podrá solicitar la subsanación de la solicitud, en el plazo que se establezca.
Si tras la subsanación el establecimiento sigue sin cumplir los requisitos establecidos, su solicitud será rechazada.
3
Apertura de expediente mediante bloqueo de Beneficiario
Una vez recibidas las claves de establecimiento, éste podrá abrir un expediente en cualquier momento mediante el bloqueo de beneficiario. Cada niño tendrá un expediente individual y único asociado a su Número de Tarjeta Sanitaria, que se generará desde cada establecimiento introduciendo este número de tarjeta. Así, se genera un código asociado al expediente y que bloquea al Beneficiario.
El Establecimiento deberá completar el expediente con la documentación requerida en las bases del convenido y enviarlo para su Comprobación al CNOO: Facturas, Examen o prescripción, presupuestos, consentimientos, etc.
Todos los expedientes del mes deberán estar subidos a la plataforma antes de los primeros X días del mes siguiente.

4
Comprobación y liquidación de expedientes
El CNOO comprobará los expedientes del establecimiento y gestionará su tramitación ante el Servicio Madrileño de Salud, en los términos establecidos en el Convenio.
Se emitirá la liquidación mensual y la justificación de la misma que deberá estar a disposición del SERMAS en los primeros 15 días del mes.
Una vez el SERMAS abone dicha liquidación, el CNOO a la mayor brevedad posible, liquidará a los establecimientos los expedientes mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por cada establecimiento.

Requisitos

Podrán adherirse, los Ópticos-Optometristas y los titulares de los establecimientos de Óptica, autorizados por la Consejería de Sanidad
según lo dispuesto en el Decreto 14/2003, de 13 de febrero, por el que se regulan los requisitos para las autorizaciones,
el régimen de funcionamiento y el registro de los establecimientos de óptica en la Comunidad de Madrid,
y que acrediten la presencia inexcusable, de forma permanente y continuada, de cuantos Ópticos Optometristas, sean precisos en el establecimiento,
de acuerdo con su horario de funcionamiento y volumen de actividad. A tal fin:
1
Deberá disponer de autorización sanitaria vigente de funcionamiento.
2
Deberá disponer de un producto sanitario básico (gafa graduada)
Esté producto debera cumplir al menos las siguientes especificaciones:
Montura infantil, que puede ser de acetato y/o materiales similares.
Lentes oftálmicas mono focales, orgánicas, con anti reflejante, con índice de refracción básico
3
Tanto el Director Técnico, como el resto de Ópticos-Optometristas, que presten sus servicios en los establecimientos de óptica solicitantes deberán:
A- Estar en posesión del título oficial de Diplomado/Graduado en Óptica y Optometría o titulación equivalente y encontrarse incorporados, en calidad de ejercientes, al Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas.
B- Carecer de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual y carecer de antecedentes penales en relación con hechos cometidos en la práctica profesional.
C- Carecer de antecedentes disciplinarios en el ámbito colegial.
D- Estar en posesión de una póliza de seguro de responsabilidad civil profesional.
4
Deberán Presentar su solicitud en esta plataforma ante el CNOO en el plazo establecido.
5
Deberán cumplir las exigencias contempladas en la legislación vigente sobre confidencialidad y protección de datos personales.

Convenio

Para mayor detalle puede descargar copia del convenio completo aquí: Descarga Convenio PDF
Comienza tu registro Hoy.
ATENCION!!! Solo deben iniciar el proceso de registro los propietarios de los establecimientos, persona físca o juridica mediante NIF/DNI/NIE.
Una vez tramitada el alta en el sistema, el propietario podrá solicitar la adhesion al convenio de cada uno de sus establecimientos
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