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Comprobación y aprobación por parte del Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas, CNOO.
Una vez recibidas las solicitudes de adhesión, el CNOO realizará las comprobaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el convenio, tanto para los establecimientos como para los profesionales asociados a cada uno de ellos, y contrastará con la Consejería de Sanidad de Madrid, que cada uno de los establecimientos solicitantes dispone de autorización sanitaria vigente de funcionamiento y acredita la presencia inexcusable, de forma permanente y continuada, de cuantos Ópticos Optometristas, sean precisos en el establecimiento, de acuerdo con su horario de funcionamiento y volumen de actividad.
Una vez verificado el cumplimiento de todos los anteriores extremos, el CNOO tramitará la adhesión del establecimiento, incorporándolo al listado de colaboradores autorizados, del que se dará traslado a la Comisión de Seguimiento del Convenio según el procedimiento establecido en el mismo y, posteriormente, proporcionará unas claves de establecimiento para empezar a realizar la gestión de los expedientes de los menores atendidos.
En caso de que el establecimiento no cumpla con dichos requisitos, el CNOO podrá solicitar la subsanación de la solicitud, en el plazo que se establezca.
Si tras la subsanación el establecimiento sigue sin cumplir los requisitos establecidos, su solicitud será rechazada.